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¿Cuántos años llevas trabajando? Conoce este beneficio que te puede sumar más días de vacaciones

¿Sabías que si cumples ciertos requisito puedes tener más días de vacaciones?

Quizá no, porque este beneficio es poco conocido.

Se trata de las vacaciones progresivas, beneficio que se otorgan a las personas que ya llevan 10 años trabajando, y consiste en agregar un día de descanso por cada tres años de trabajo, los que se suman a los ya habituales 15 días.

Independiente de si se ha trabajado para uno o más empleadores, una vez que se cumplan los 10 años trabajados, se tiene derecho a que, cada tres nuevos años con el actual empleador, se le adicione un nuevo día de vacaciones. “Para poder acreditar que se ha trabajado esa cantidad de días, se debe pedir un Certificado de Vacaciones Progresivas en tu AFP, el que sirve para saber la cantidad de meses cotizados”, explica Ricardo Donoso, abogado de Defensa del Trabajo (www.defensadeltrabajo.cl).

El abogado laboral comenta que es importante recalcar que para efectos de las vacaciones progresivas, no se consideran los períodos cotizados como trabajador independiente y además, las cotizaciones realizadas en el sistema antiguo deben ser acreditadas por el Instituto de Normalización Previsional.

Ahora bien, Donoso señala que, si bien es cierto que cada tres nuevos años trabajados con el actual empleador se nos adiciona un día de vacaciones progresivas, en el caso de que nos cambiemos de trabajo, ya sea por renuncia o despido, los días de vacaciones progresivas agregados se pierden. “Al irnos a trabajar a otra empresa, estos días se desvanecen, por lo que habrá que acumular nuevamente los años de trabajo con el actual empleador”, agrega.

“En aquellos casos en que los empleadores han trabajado los 10 años con contratos a plazo fijo, igual le corresponden, en su momento, las vacaciones progresivas. A su vez, si un dependiente ha pactado con su empleador unas vacaciones de más de 15 días, igual le corresponden si cumple los requisitos, las vacaciones progresivas, ya que en estos casos, no corresponde imputar el exceso pactado con el empleador a dicho beneficio”, aclara el abogado de Defensa del Trabajo (www.defensadeltrabajo.cl).

Por último, Donoso afirma que si ambas partes, empleador y trabajador, están de acuerdo, pueden cambiar las vacaciones progresivas por dinero, siendo el valor del día igual o superior a la remuneración íntegra de dicho día.

 3 comentarios

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Comentarios
  • Acá en donde yo trabajo no corre esto…. !!!!!!!!!!

  • Este cálculo para las vacaciones corre aquí en Chile o es de tipo internacional?

  • quiero saber nunca e cobrado mis días progresivos

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