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¿Sabía que si llega tarde al trabajo le podrían descontar ese tiempo del salario?

Existen diversas razones por la que, en ocasiones, los trabajadores llegan tarde a su lugar de trabajo. Lo que no muchos saben es que ese tiempo podría ser rebajado de su sueldo.

Según datos de la Dirección del Trabajo, dado que en dicho tiempo el trabajador no ha prestado servicios a su empleador, en principio no tendría derecho a remuneración.

«Con todo, cabe tener presente que la circunstancia de llegar atrasado a sus labores no necesariamente implica que las remuneraciones del dependiente sufrirán descuento, toda vez que para que sea procedente efectuar los señalados descuento, la semana debe terminar y sólo en dicho momento el empleador podrá saber si el dependiente ha cumplido con su jornada laboral pactada en el contrato», señala el sitio web de la entidad.

Asimismo, indica que el empleador, al término de cada semana, debe sumar las horas trabajadas consignadas en el registro de asistencia y anotar tal sumatoria en él y el trabajador firmar en señal de aceptación.

De esta manera, si la sumatoria de la semana da una cantidad de horas trabajadas inferior a la convenida en el contrato el empleador se encontrará facultado para descontar de la remuneración del mes el tiempo no laborado, esto es, las horas que faltaron para completar la jornada ordinaria convenida.

Según la entidad, el trabajador sólo tiene derecho a remuneración en cuanto cumpla con su obligación correlativa de prestar servicios, salvo la concurrencia de causas legales que establezca dicho pago o del acuerdo de las partes en este sentido.

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