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¿Por qué la Ley de Quiebras mira al trabajador a honorarios como empresa?

Han pasado dos años desde que entró en vigencia la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, conocida como la nueva Ley de Quiebras, la que puso énfasis en el acceso a personas para que pudiesen renegociar sus deudas y renacer financieramente. No obstante, hay un punto que no deja de ser relevante y al cual no se ha prestado atención: cómo aplica y perjudica a el trabajador a honorarios, a aquellos que verdaderamente laboran como tal, o sea, abogados, médicos u otros, que no trabajan con boleta dependiendo de determinada entidad.

Es el planteamiento del abogado y experto en asesoramiento financiero, Ricardo Ibáñez, quien da cuenta que la norma, en una decisión legislativa, separó a las personas naturales que son trabajadores asalariados y otros sujetos de crédito -tales como pensionados, estudiantes, entre otros-, de aquellos que desempeñan actividades independientes.

“El problema es que a estos últimos los categorizó como empresa deudora, lo que significa que los profesionales que realicen boletas de honorarios no pueden acogerse a la renegociación, a la inversa de personas deudoras que sean trabajadores dependientes, tales como dueñas de casa y estudiantes”, enfatiza.

Este escenario desencadena que una persona que sea considerada empresa deudora queda vedada del acceso al procedimiento de renegociación, que es gratuito y se ventila ante la Superintendencia de Insolvencia.

“Así, sólo quedan opciones que se realizan ante tribunales y con costos muchísimo más altos, como el procedimiento de liquidación voluntaria de bienes -el cual se ventila ante tribunales y requiere ser representado ante un abogado-, y la reorganización que al igual que la renegociación, busca renegociar las deudas que tenga el deudor”, ejemplifica.

Cambio legislativo

El abogado sugiere la necesidad de un cambio legislativo que elimine la distinción que establece la nueva Ley de Quiebras entre personas naturales que realicen boletas de honorarios de aquellas que son trabajadores dependientes.

“De esta manera, incluso aquellas personas naturales que realizan boletas de honorarios podrán acogerse al procedimiento de renegociación ante la Superintendencia de Insolvencia”, argumenta.

Finalmente, recalca que sólo en el sector público y según cifras del año 2015, más de 47 mil trabajadores prestaron servicios bajo esta modalidad de contratación, por lo que se está vedando el acceso a una de las herramientas más relevantes de la ley: a personas como ellos.

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