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Las obligaciones de los empleadores con los padres y madres de lactantes

Tras la polémica suscitada semanas atrás con una funcionaria de Carabineros que no pudo ir a su domicilio para amamantar a su hijo debido a la negativa de una superiora, varias voces que se han alzado para defender los derechos de los padres y las madres de lactantes.

En Chile, la ley beneficia a los y las profesionales que tengan hijos menores de dos años, quienes pueden contar con un mínimo de una hora dentro de la jornada laboral para alimentarlos, ya sea dándoles pecho o sustitutos alimenticios.

María Fernanda Juppet, abogada y directora de Derecho de la sede Santiago de la Universidad San Sebastián, asegura una de las cosas que muchas veces se pasan por alto con respecto al tema es que no se trata de un derecho a amamantar, como se suele pensar, sino un derecho a alimentar a los niños hasta la edad de dos años.

“Es importante aclararlo porque este beneficio no solo aplica para la madre sino que también es transferible al padre, siempre que este sea el cuidador del niño o, incluso, a un cuidador en el caso de medidas de protección”, explica a El Mercurio.

Juppet dice que en el caso de empresas del sector privado esto puede resultar complejo porque las mujeres tienen que dejar a sus hijos al cuidado de alguien y hay casos en que los tiempos de traslado son considerados como parte de la hora de alimentación.

La experta considera que esto no debería ocurrir porque los tiempos de traslado no forman parte del tiempo que la madre dedicará en alimentar a su hijo.

Políticas amigables con la familia

Diego Oliva, generalista de Recursos Humanos de Randstad, asegura que una de las formas de subsanar lo anterior es promover que en las empresas existan políticas “amigables con la familia”, las cuales impulsan el bienestar de los trabajadores y sus familias sin distinción de rango etario o género.

“Cada vez son más las compañías que están enfocadas en atraer al mejor talento, retenerlo y mantenerlo motivado mediante políticas de trabajo flexible que ofrecen a los colaboradores la oportunidad de mantener un óptimo equilibrio entre su vida personal y el trabajo”, recalca.

Según el ejecutivo, si bien en el país se han tomado algunas medidas que fomentan la conciliación, aún queda camino por recorrer, sobre todo en temas de género.

Certificación para empresas

Con el objetivo de certificar las instituciones familiarmente responsables el Instituto Nacional de Normalización (INN) elaboró la norma NCH 3262:2012, que sirve como marco de referencia.

Consta de un Sistema de Gestión de Igualdad de Género y conciliación de la vida laboral, familiar y personal, la cual es aplicable a empresas de cualquier tamaño y sector que buscan fomentar las buenas prácticas dentro de las organizaciones sin distinción de edad o género.

 

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